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Fondos para Fines Específicos y Proyectos Especiales

Los Fondos para Fines Específicos (FpFE) son aquellos que la UNaM recibe para aplicarlos a un fin determinado, generalmente establecido en proyectos o programas que se presentan a convocatorias o, a asignaciones especiales de fondos de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), u otros organismos o dependencias del estado nacional, provincial o internacional. Los proyectos, programas o convenios, siempre tienen carácter institucional aunque el beneficiario o responsable muchas veces es una persona física (docente o no docente), que generó el proyecto que fue presentado para obtener financiamiento.

Destinatarios y Propósito

Los FpFE otorgados siempre tienen cargo de rendición, esa obligación recae sobre el/los responsable/s del proyecto/programa, toda vez que son ellos quienes efectúan el gasto o inversión establecido en el presupuesto y objetivos del proyecto.

Este espacio de comunicación tiene como principal destinatario a los responsables de proyectos o programas que han obtenido o estén gestionando financiamiento y el propósito es poner a disposición de
ellos la información necesaria para realizar los gastos y la respectiva rendición.

Condiciones Generales

Los FpFE son otorgados a la UNaM, aunque el beneficiario sea identificado como un proyecto y el responsable sea una persona física, por lo tanto siempre se requiere del aval institucional que le compete al Rector o Rectora. Por lo tanto, es la universidad la que cobra los fondos y asume la obligación de rendición en el marco de la normativa señalada por el organismo financiador.

En cuanto a la administración de los fondos, éstos corren por las mismas instancias y procesos administrativos de cualquier fondo que la universidad recibe y administra, para lo cual cuenta con el soporte y logística de la estructura organizativa disponible a nivel central en Rectorado o, descentralizada en las unidades académicas.

  • NORMATIVA

    Es importante tener en cuenta que la normativa contenida es la que corresponde aplicar según el año en que fueron recibidos los fondos.

    Para fondos recibidos en el periodo 2010-2017 corresponde aplicar la Resolución 2260; para el periodo 2018-2020 se aplica la Resolución 763/18; y desde el año 2021 en adelante se aplicará la Resolución 600/2021.


    ADELANTO A RESPONSABLE

    En cuanto a procedimientos administrativos se cuenta con un mecanismo de excepción denominado “Adelanto a Responsable” y está establecido en la Ordenanza 032/2023.

    Es importante resaltar su carácter excepcional y para resolver aquellos gastos que no puedan ser previstos o programados de manera de tramitarlos normalmente y mediante el soporte administrativo de la unidad académica o dependencia a la se le transfirieron los fondos.


    COMBUSTIBLES Y PASAJES AÉREOS

    Estas normas establecen, para gastos con FpFE, la obligación de utilizar pasajes de Aerolíneas Argentinas o Austral, adquiridos a través de la empresa OPTAR. En caso de no contar con vuelos al destino requerido deberá justificarse tal circunstancia (DA 244/13).

    En el mismo sentido en cuanto al consumo de combustibles es obligatorio la compra de combustibles de YPF.

    Decreto Nº1189/2012 / Decreto Nº1191/2012 / Decisión Administrativa 244/2013

  • INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS

    Para la solicitud de Adelantos a Responsables y la correspondiente Rendición, deberán utilizar los siguientes formularios interactivos. Estos deberán ser descargados, completados con la información requerida y adjuntados al expediente correspondiente.

    FORMULARIO 1 - SOLICITUD 

    FORMULARIO 2 - RENDICIÓN

  • INSTRUCTIVOS Y COMUNICACIONES

    En esta sección se encontrarán los instructivos que aclaran o facilitan la aplicación de la normativa. Así mismo, se realizarán las comunicaciones, aclaraciones o actualizaciones que resulten pertinentes para facilitar la comprensión y aplicación de la normativa.

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